27 de noviembre de 2023, 4:00 AM
27 de noviembre de 2023, 4:00 AM
Hace 15 años Bolivia llevó adelante un referéndum para el revocatorio de mandato de autoridades elegidas por voto popular y ahora nuevamente se abre este proceso. En ese entonces se sometió a consulta la continuidad o no del presidente Evo Morales, su vicepresidente Álvaro García Linera y ocho prefectos, pero solo José Luis Paredes, de La Paz, y Manfred Reyes Villa, de Cochabamba, fueron revocados.
Desde el referéndum de 2008 no hubo más procesos revocatorios, con excepción de uno, en 2019, en el municipio de Bolpebra, Pando, donde se logró tener la ley, la pregunta constitucionalizada y el presupuesto para la realización del proceso, pero no se logró revocar al alcalde Erlin Hurtado Casanova, porque la participación en la inédita consulta ciudadana solo llegó al 23,78%, quedando al margen de lo establecido por el Código Electoral que exige una votación del 50% más uno de electores.
Por el momento el Tribunal Electoral Departamental (TED) Santa Cruz recibió las solicitudes para cuatro alcaldes y dos concejos municipales. Hasta la fecha se ha aprobado la recolección firmas para los revocatorios de los alcaldes de Santa Cruz de la Sierra, Jhonny Fernández; San José de Chiquitos, Marbin Barbery; Warnes, Carlos Montaño; y Portachuelo, Jimmy Hurtado. Además, de los concejales de Warnes.
Según información proporcionada por el TED de Santa Cruz, los burgomaestres de las capitales cruceña y warneña tienen cada uno dos resoluciones de aprobación para iniciar la recolección de firmas, que es el primer paso.
Según el artículo 16 del reglamento electoral, cuando exista más de una iniciativa ciudadana para la revocatoria de mandato de una misma autoridad, la segunda, tercera y siguientes solicitudes deberán adherirse a la primaria que fue aprobada.
“En este caso se tomarán en cuenta todas las adhesiones presentadas por los promotores en el plazo único de 90 días calendario de la primera iniciativa, y con la sumatoria de las mismas se verificará el cumplimiento de los porcentajes de adherentes”, dice el documento.
La presidenta del TED de Santa Cruz, María Cristina Claros, recordó que, para el proceso revocatorio, dentro del ciclo electoral 2014 – 2015, se recibieron 245 solicitudes para revocar autoridades a escala nacional, de las cuales 62 fueron rechazadas porque no se cumplieron con los requisitos, 16 desistieron y 167 fueron habilitadas para la primera etapa que es la recolección de firmas.
De las 167 habilitadas, 166 fueron archivadas por no cumplir los porcentajes en la recolección de firmas y solo una, el caso del municipio de Bolpebra, fue habilitada para la consulta ciudadana.
Los artículos 30 y 31 de la Ley 026 del Régimen Electoral señalan que para que los resultados sean válidos debe participar en la consulta más del 50% más uno de los habilitados en el padrón electoral municipal.
“En el caso de Bolpebra no participaron más del 50% más uno de los ciudadanos habilitados, por ende, los resultados fueron inválidos”, complementó Claros.
Además, agregó que el artículo 31 establece que el número emitido de votos válidos en la casilla del Sí debe ser superior a la del No. “Y el segundo requisito dice que el número y porcentaje de votos válidos a favor de la revocatoria debe ser superior al porcentaje en el que fue elegida la autoridad”, manifestó Claros.
En el caso del alcalde del municipio cruceño, Jhonny Fernández, que fue elegido con el 35,41%, que equivale a 318.407 votos válidos, el Sí debe ganar con el 35,42% de votos válidos.
En 2018, el entonces responsable del TED, Eulogio Núñez, informó que de las 37 peticiones para activar referéndums revocatorios en contra de autoridades en Santa Cruz, ninguno pasó a la fase de recolección de firmas.
En los últimos días, las autoridades electorales departamentales se reunieron con los promotores de las solicitudes para el referéndum revocatorio de los alcaldes de los municipios capitalino y josesano para informales sobre los pasos que deben seguir.
Los ciudadanos y activistas que llevan adelante la iniciativa recibieron del órgano electoral el formato de los libros adherentes impresos para la recolección de firmas y las huellas dactilares, además del sistema de registro. También se les especificó que el plazo de los 90 días calendario que se les otorga correrá a partir del momento en que los libros impresos sean verificados y sellados por la autoridad electoral departamental.
En diferentes manifestaciones públicas, el alcalde Jhonny Fernández restó importancia al proceso iniciado.
Respondió que está abocado a su gestión en el trabajo por la ciudad y que las intenciones de las personas que lo promueven es política.
El vocero de Asuntos Jurídicos de la comuna, Bernardo Montenegro, manifestó que estos procesos son “meramente políticos” que buscan el desgaste de la imagen del burgomaestre.
“El alcalde va a continuar trabajando y entregando obras. Lo que vemos, como en el ajedrez, unos peones que están siendo financiados por otra gente que ha dicho que quiere ser alcalde”, indica.
El analista José Orlando Peralta indica que la diferencia entre lo sucedido en 2008 y lo que se impulsa ahora son las especificaciones de la Ley de Régimen Electoral, que establece los tiempos bien marcados.
“Creo que a pesar de que la gestión de Jhonny Fernández tiene muchas cuestionantes porque no ha podido satisfacer las necesidades de la ciudad, el factor tiempo probablemente juegue a su favor. Porque en caso de que el revocatorio llegue a la Asamblea Legislativa Plurinacional, donde no hay un orden y priman los acuerdos circunstanciales, desconocemos qué tiempo le concederán a este tema local”, expresó Peralta.
Por otro lado, el analista Daniel Valverde manifestó que, si bien el referéndum revocatorio ha sido incorporado en el país dentro de la democracia participativa, no ha tenido los resultados que se esperaban por varias razones.
“Una de ellas es porque tenemos una ciudadanía muy pasiva y porque las reglas que se han establecido están a favor de la preservación de las autoridades que son electas, porque el proceso es complicado en lo que se refiere a la movilización, recolección de firmas y los libros que entrega el Órgano Electoral. Implica un trabajo sin errores y todo esto hace declinar en el camino a la mayoría”, manifestó.
Para el exsecretario de Gobierno de la Gobernación cruceña, Vladimir Peña, el diseño del revocatorio está hecho por el Movimiento Al Socialismo (MAS) para que no se revoquen a las autoridades y la misma quede “en papel mojado”.
“Adicionalmente, si uno mira la ruta crítica que hay que seguir para revocar a una autoridad es desincentivante para los ciudadanos, entonces para revocar y cambiar un nuevo alcalde va a pasar un año y medio, quedándole a la nueva autoridad un año y algo más de mandato. Es un sinsentido el cómo está legislado el revocatorio, porque no obedece a un instrumento real, democrático y ciudadano para cambiar una autoridad con agilidad”, explicó.
Pero a pesar de todo, considera que el revocatorio tiene un nivel de legitimidad para mostrar el rechazo ciudadano más allá de su finalidad.
Mientras tanto, los ciudadanos que solicitan una revocatoria de mandato están realizando las gestiones, pero se tendrá que esperar los plazos para conocer cuántas de estas iniciativas consiguen su objetivo.
«Hay candados electorales y no es fácil revocar»
Israel Quino/Abogado constitucionalista
En 2008 el revocatorio no estaba inserto plenamente en la Constitución Política del Estado (CPE), pero se adoptó un mecanismo de interpretación donde se revocaron autoridades electas de Cochabamba y La Paz. Actualmente, hay candados electorales y no es fácil revocar.
Cuando hay poblaciones volátiles, como el caso del municipio cruceño que tiene el voto de oro y una composición legislativa que no es muy sólida en lo que viene a ser la correlación de fuerzas políticas, puede que el alcalde sea revocado más fácilmente.
Por lo tanto, cuando el padrón electoral es muy grande, como en Santa Cruz de la Sierra donde los porcentajes de asistencia a votación no son altos y de esa cifra, la mayoría con la que fue elegido el alcalde Jhonny Fernández es muy reducida, entonces tomando en cuenta el voto y el descontento de la población, cuyas necesidades no son satisfechas, si se podría revocar a la autoridad porque tiene una débil correlación de fuerzas que no está consolidada hacía ningún lado.
Hay candados electorales y mecanismos procesales que se deben de resolver y cumplir, como por ejemplo los 90 días para la recolección de firmas, que se cumpla con el 30% del padrón actualizado y otros candados electorales que tanto la ley como la CPE han previsto para que no sea fácil revocar autoridades que han sido elegidas.
También hay otro candado constitucional, posterior a la recolección y verificación de firmas, el proceso pasa a la Asamblea Legislativa Plurinacional donde sino existe el consenso político para la agenda del periodo legislativo correspondiente, podría en esta instancia demorar más.
En el caso de Jhonny Fernández es poco probable que vaya a ser revocado, y no es porque el pueblo cruceño defina eso, sino que su plus es que viene a ser aliado del Gobierno nacional y además cuenta con diputados de la alianza Creemos en el Parlamento.