La Procuraduría General del Estado señaló que quienes no cumplan las sentencias emanadas desde el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) serán procesadas penalmente. Una de las sentencias ordena la suplencia del gobernador Luis Fernando Camacho y la otra niega la reelección al expresidente Evo Morales Ayma.
“La posición de la Procuraduría, lo vuelvo a repetir, es que las sentencias, las decisiones, resoluciones, dictadas por el Tribunal Constitucional del artículo 203 de la Constitución, son vinculantes, son obligatorias, no cabe con ellas recurso ulterior. Asimismo, el artículo 18 del Código Procesal Constitucional faculta a la Procuraduría, también al Ministerio Público, y al propio Tribunal Constitucional a iniciar las acciones legales en caso de desobediencia a resoluciones constitucionales”, dijo el procurador general, César Siles.
Para la autoridad existen criterios políticos que se oponen al cumplimiento de las resoluciones del TCP, pero aclara que estas determinaciones no deberían debatirse ni analizarse, puesto que debe ejecutarse de manera obligatoria como ordena la ley.
“La Procuraduría va a hacer cumplir las sentencias porque así lo define el artículo 18 del Código Procesal Constitucional y además la obligación que tiene cualquier autoridad y servidor público de denunciar delitos, si se están cometiendo, como lo dicen las resoluciones constitucionales”, señaló.
El procurador indicó que se deben cumplir las tres sentencias que han generado polémica en los últimos días. La prórroga en el mandato de los magistrados contra la que se manifiestas sectores afines a Morales; la sentencia 1010/2023 que establece la nulidad de la reelección continua o discontinua para las autoridades del Órgano Ejecutivo; y la sentencia 1021/2023 que dispone la suplencia temporal del gobernador cruceño, Luis Fernando Camacho, por su vicegobernador.
“Cualquier sentencia, cualquier resolución es de carácter vinculante, implica la decisión asumida respecto a la Gobernación de Santa Cruz, la decisión asumida respecto a la prórroga única y excepcional de mandato de las autoridades de orden judicial y también con relación a la reelección que no es un derecho humano”, sentenció.