Desde las 00:00 de este viernes rige en Bolivia el Auto de Buen Gobierno debido a las elecciones judiciales parciales de este domingo, 15 de diciembre; existen varias prohibiciones, entre ellas manifestaciones públicas y consumo de bebidas alcohólicas.
Las nueve gobernaciones de Bolivia aprobaron los decretos que establecen las prohibiciones y las sanciones antes y durante las elecciones próximas.
Algunas medidas
Desde las 00:00 del viernes 13 de diciembre hasta las 12:00 del lunes 16 de diciembre está prohibido expender o consumir bebidas alcohólicas en domicilios particulares, tiendas cantinas, hoteles, restaurantes y cualquier otro establecimiento público o privado.
Mientras desde las 00:00 hasta las 23:59 del día de las elecciones judiciales (15 de diciembre) queda absolutamente prohibido portar armas de fuego, punzocortantes o instrumentos contundentes y peligrosos para la seguridad de las personas. No están comprendidas en esta prohibición las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional encargadas de mantener el orden público.
Tampoco se podrá realizar actos, reuniones o espectáculos públicos de cualquier tipo ni trasladar electores de un recinto electoral a otro, por cualquier medio de transporte.
De igual manera estará restringida la circulación de vehículos motorizados, sean particulares, oficiales o de servicio público, con excepción de aquellos que exhiban la autorización extendida por el Tribunal Supremo Electoral o Tribunales Electorales Departamentales.
Quedan exentos de esta prohibición los vehículos de la Policía Boliviana que brinden las tareas de seguridad y cadena de custodia, además de los vehículos de las Fuerzas Armadas que estén en el proceso de la cadena de custodia.
En el caso de La Paz, el servicio de las líneas del Teleférico será suspendido el día de las elecciones.
Además, desde este jueves hasta las 18:00 del domingo, 15 de diciembre, está prohibida cualquier forma de manifestación pública de apoyo o rechazo a una de las candidaturas.
“En caso de incumplimiento de alguna de las prohibiciones dispuestas, los Jueces Electorales impondrán las respectivas sanciones, sean estas pecuniarias, de arresto o trabajo social, cuando corresponda, de conformidad a lo establecido en normativa vigente”, refiere el artículo 4 del decreto.
Las sanciones y multas determinadas deberán ser depositadas en las cuentas fiscales del Órgano Electoral Plurinacional.